TRABAJO · GUÍA
Embargo de nómina: cuánto te pueden embargar y en qué orden
Cuánto te pueden embargar de la nómina en España: el SMI inembargable (1.221 €), la escala del 30 % al 90 % y qué hacer si te llega un embargo.
Un embargo de nómina (también llamado embargo salarial) ocurre cuando tienes una deuda sin pagar y el acreedor consigue que una parte de tu sueldo se quede retenida cada mes para pagarla. La ley protege una parte de tu salario: por mucha deuda que tengas, no te pueden quitar todo.
En esta guía explicamos cuánto te pueden embargar de la nómina, en qué orden se aplican los tramos y qué puedes hacer si te llega un embargo, con las cifras vigentes en 2026.
Qué es un embargo de nómina y quién puede ordenarlo
Un embargo de nómina significa que tu empresa recibe una orden para retener parte de tu sueldo y entregarla a quien te reclama la deuda. No ocurre de un día para otro: primero existe una deuda, después recibes una notificación y, solo si no pagas, llega la orden de embargo.
Pueden ordenar el embargo:
- La Agencia Tributaria (Hacienda), por impuestos, sanciones o deudas sin pagar.
- La Seguridad Social, por cuotas impagadas.
- Un juzgado, tras una demanda por una deuda (préstamos, cuotas de comunidad, facturas...).
- Ayuntamientos y otras administraciones, por multas o tributos municipales.
Tu empresa está obligada a cumplir la orden: descuenta el importe y lo ingresa al acreedor. Si no lo hiciera, podría responder ella misma de la deuda. Un detalle clave: el embargo se calcula sobre el salario neto, es decir, lo que cobras después de descontar el IRPF y la Seguridad Social.
El proceso suele seguir un orden fijo: primero te reclaman el pago, después te notifican formalmente y te dan un plazo, y solo si no pagas ni presentas alegaciones se dicta el embargo. Por eso la mayoría de los embargos se pueden evitar si actúas a tiempo.
La parte de tu sueldo que no te pueden tocar
El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil fija un mínimo protegido: el salario mínimo interprofesional (SMI). En 2026 el SMI es de 1.221 euros al mes en 14 pagas, y la ley toma esa cuantía como referencia para determinar qué parte del salario es inembargable.
Esto tiene dos consecuencias directas:
- Si cobras el SMI o menos, no te pueden embargar nada de la nómina.
- Si cobras más, los primeros 1.221 € quedan protegidos, y solo se puede embargar sobre el exceso, aplicando una escala progresiva.
Para saber cuál es tu salario neto exacto y qué parte te corresponde, conviene aprender a leer tu nómina antes de hacer números.
La escala: cuánto te pueden embargar según lo que cobras
Sobre la parte que supera el SMI no se aplica un porcentaje fijo, sino tramos. Así queda la escala en 2026, con el SMI de 1.221 €:
- Hasta 1.221 € (el SMI): 0 %, inembargable.
- De 1.221 € a 2.442 € (hasta el doble del SMI): 30 %.
- De 2.442 € a 3.663 € (hasta el triple): 50 %.
- De 3.663 € a 4.884 € (hasta el cuádruple): 60 %.
- De 4.884 € a 6.105 € (hasta el quíntuple): 75 %.
- Por encima de 6.105 €: 90 %.
Este orden de tramos es justo lo que marca "en qué orden" se descuenta tu dinero: primero se protege el SMI, después se aplica el 30 % al tramo siguiente, luego el 50 %, y así sucesivamente. Cuanto más cobras, mayor porcentaje se aplica a las capas superiores, pero nunca a los primeros 1.221 €.
Veámoslo con un ejemplo. Si cobras 1.800 € netos al mes, los primeros 1.221 € quedan intactos. El exceso son 579 €, y a ese exceso se le aplica el 30 %: unos 174 € al mes. Ese sería el máximo que podrían retenerte.
Otro ejemplo con 3.000 € netos. Quedan protegidos 1.221 €. El siguiente tramo (otros 1.221 €, hasta 2.442 €) paga un 30 %: 366 €. El resto (558 €) paga un 50 %: 279 €. En total, el máximo rondaría los 645 € al mes.
Son importes máximos: el embargo real depende de lo que debas y de lo que acuerdes. Y recuerda que las pagas extra también cuentan como salario, así que también se pueden embargar.
Qué hacer si te llega un embargo
Primero, no lo ignores. Si viene de un juzgado, tienes un plazo para presentar oposición si crees que hay un error. Si la deuda procede de Hacienda, conviene entender cómo funciona la notificación electrónica de Hacienda y qué plazos se manejan. Y si el origen es una sanción de tráfico, revisa cómo pagar una multa de la DGT online antes de que el impago acabe en un embargo.
Algunas claves prácticas:
- Si tienes hijos o personas a tu cargo, puedes pedir al juzgado que reduzca el porcentaje embargable entre un 10 % y un 15 %. Son las llamadas cargas familiares.
- Habla con el acreedor para negociar un plan de pagos: muchas veces se paraliza el embargo si aceptas fraccionar la deuda.
- Comprueba que se ha respetado el SMI inembargable y que el cálculo se ha hecho sobre tu salario neto.
- Excepción importante: si la deuda es por pensión de alimentos (manutención de hijos), el límite del SMI no protege igual y se puede llegar a embargar más.
Si tienes varios embargos a la vez, se van pagando por orden de llegada y según la prioridad que marca la ley (la pensión de alimentos, por ejemplo, va por delante). Lo importante es reaccionar cuanto antes: con una notificación de embargo, el silencio es la peor opción.
Preguntas frecuentes
¿Pueden embargarme toda la nómina?
No. El importe equivalente al salario mínimo interprofesional (1.221 € al mes en 14 pagas en 2026) es inembargable.
¿Me pueden embargar si cobro el SMI o menos?
No de tu salario. Si tu sueldo no supera la cuantía del SMI, no pueden retenerte nada de la nómina.
¿Las pagas extra también se pueden embargar?
Sí. Cuentan como salario y entran en el cálculo del embargo.
¿Pueden embargarme el paro o la pensión?
Sí, las prestaciones y pensiones también se pueden embargar, pero con la misma regla: el importe del SMI queda inembargable.
¿Y si tengo hijos o personas a mi cargo?
Puedes pedir al juzgado una reducción del porcentaje de entre un 10 % y un 15 % si acreditas cargas familiares.
Fuentes oficiales
BOE: Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 607) · Seguridad Social. Esta guía es informativa y no sustituye asesoramiento jurídico.
Actualizado el 18 de octubre de 2026. Contenido informativo; comprueba siempre la fuente oficial y tu documento concreto.
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